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¿MATRIMONIO O PAREJA DE HECHO? DESCUBRE QUÉ OPCIÓN PROTEGE MEJOR TUS DERECHOS

¿Casarse o hacerse pareja de hecho? Aunque muchas personas creen que ambas figuras tienen exactamente los mismos efectos legales, la realidad es muy distinta. La decisión que tomes hoy puede influir en tu patrimonio, tu herencia, tus impuestos, la pensión de viudedad de tu pareja o incluso en la obtención de una autorización de residencia si uno de los miembros es extranjero.

En Miopcionlegal Abogados analizamos cada caso de forma personalizada porque no existe una respuesta válida para todo el mundo.

El primer error: pensar que existe una única normativa.

Ni el matrimonio ni la pareja de hecho se regulan exactamente igual en toda España.

El matrimonio está regulado por el Código Civil y, en las Comunidades Autónomas con Derecho Civil propio —como Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares— también por su legislación civil especial, que puede modificar aspectos tan importantes como el régimen económico matrimonial o determinados derechos sucesorios.

Por su parte, la pareja de hecho no tiene una ley estatal única. Cada Comunidad Autónoma establece sus propios requisitos para constituirla, inscribirla y reconocer determinados derechos civiles.

Esto significa que no todas las parejas de hecho son iguales y que los requisitos pueden cambiar de una Comunidad Autónoma a otra.

En Cataluña puede ser más sencillo constituir una pareja de hecho

Por ejemplo, Cataluña regula las parejas estables en su propio Código Civil y permite su constitución mediante escritura pública, sin necesidad de acreditar largos periodos de convivencia en determinados supuestos.

En otras Comunidades Autónomas, en cambio, pueden exigirse periodos mínimos de convivencia, empadronamiento o requisitos administrativos diferentes.

Por ello, antes de iniciar cualquier trámite conviene analizar cuál es la vía más rápida y segura según el lugar donde residáis.

Matrimonio y pareja de hecho: ¿Qué diferencias existen realmente?

La herencia: una de las diferencias más importantes

Uno de los mayores errores consiste en pensar que una pareja de hecho heredará automáticamente igual que un matrimonio.

No siempre es así.

Los derechos hereditarios del cónyuge están reconocidos por la legislación civil aplicable, mientras que en las parejas de hecho la protección dependerá de la Comunidad Autónoma y, en muchas ocasiones, de que se haya otorgado un testamento.

Una planificación sucesoria adecuada puede evitar conflictos familiares y una importante carga fiscal para la pareja superviviente.

Cuidado con la pensión de viudedad

Aquí se cruzan dos normativas distintas.

Una cosa es que una Comunidad Autónoma reconozca la existencia de una pareja de hecho y otra muy diferente es que la Seguridad Social reconozca el derecho a percibir una pensión de viudedad.

Para acceder a esta prestación no basta con convivir o estar inscritos como pareja de hecho. Deben cumplirse, además, los requisitos previstos en la Ley General de la Seguridad Social, relativos tanto a la persona fallecida como a la persona superviviente. En determinados supuestos será necesario acreditar la convivencia, la constitución formal de la pareja y otros requisitos específicos establecidos por la legislación estatal.

Por ello, existen casos en los que una pareja está válidamente constituida conforme a la legislación autonómica, pero, aun así, no reúne todos los requisitos exigidos para acceder a la pensión de viudedad.

¿Y si uno de los miembros es extranjero?

En materia de extranjería, tanto el matrimonio como la pareja de hecho pueden servir para solicitar una autorización de residencia como familiar de ciudadano español o de la Unión Europea, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Desde un punto de vista práctico, ambas figuras ofrecen una protección muy similar para iniciar este tipo de procedimientos.

La verdadera diferencia suele estar en la facilidad para constituir la relación. En algunas Comunidades Autónomas resulta mucho más sencillo y rápido inscribir una pareja de hecho que en otras, mientras que el matrimonio mantiene un procedimiento más uniforme en todo el territorio nacional.

Elegir correctamente la vía puede ahorrar meses de espera en determinados expedientes de residencia.

¿Y qué ocurre con los bienes?

Otro mito muy frecuente es creer que la pareja de hecho funciona como un matrimonio en separación de bienes.

No es exactamente así.

En el matrimonio existe un verdadero régimen económico matrimonial, que puede ser de gananciales, separación de bienes o cualquier otro permitido por la legislación aplicable.

En cambio, la pareja de hecho no crea un régimen económico matrimonial. Cada miembro conserva la propiedad de sus bienes y únicamente serán comunes aquellos que ambos adquieran conjuntamente o respecto de los que exista un pacto expreso.

Entonces… ¿qué opción me conviene?

No existe una respuesta universal.

Dependerá de factores como:

  • La Comunidad Autónoma en la que residís.
  • La legislación civil aplicable.
  • Si tenéis hijos.
  • Vuestro patrimonio.
  • Si alguno de los miembros es extranjero.
  • La protección sucesoria que queréis conseguir.
  • Las consecuencias fiscales.
  • La planificación de una futura herencia.
  • Los requisitos para acceder a prestaciones como la pensión de viudedad.

Lo que puede ser la mejor solución para una pareja puede resultar claramente perjudicial para otra.

En Miopcionlegal Abogados estudiamos tu caso antes de que tomes una decisión

Casarse o constituir una pareja de hecho no debería ser una decisión basada únicamente en la rapidez del trámite.

Una elección incorrecta puede afectar a tu patrimonio, a los derechos de tu pareja, a la herencia de tus hijos o incluso al acceso a determinadas prestaciones públicas.

Analizamos tu situación personal, familiar, patrimonial y de extranjería para indicarte qué opción ofrece una mayor protección jurídica.

Solicita una consulta con nuestro despacho y toma la decisión con la tranquilidad de saber que estás eligiendo la alternativa más beneficiosa para ti y para tu familia.